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¡Paz y bien!

Abierto el plazo de solicitud de Becas MEC

Becas MEC

    Según la ORDEN del MECyD, se procede a la convocatoria de BECAS MEC (Becas de Enseñanzas Medias – Bachiller) para el año académico 2016-17. La solicitud se deberá cumplimentar mediante el formulario accesible por vía telemática a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte en el enlace siguiente: Acceso al formulario (pinchar en el enlace de «Formulario de solicitud y consulta de solicitudes» del apartado de «Becas y ayudas a alumnos de niveles postobligatorios»), en el apartado correspondiente a «Trámites y Servicios» o en la dirección electrónica www.mecd.gob.es. Se puede acceder a las instrucciones para rellenar el formulario pinchando en el siguiente enlace: Instrucciones.

    Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el 3 de Octubre de 2016. Una vez cumplimentada la solicitud telemática, y pulsar botón “presentar solicitud” , se generará un documento pdf. Que servirá al interesado de justificante, quedando así presentada a todos los efectos. No serán tenidas en cuenta aquellas solicitudes cumplimentadas por via telemáticas que no cumplan el proceso de presentación establecido, obteniendo el resguardo de la solicitud.

    Todos los solicitantes que tengan derecho a alguna de las deducciones en la renta familiar, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución, deberán cumplimentar los datos correspondientes en el modelo de solicitud. Quienes aleguen independencia familiar y económica deberán justificar fehacientemente que cuentan con los medios económicos propios suficientes que permitan su independencia así como la titularidad o alquiler de su domicilio habitual. En cualquier momento del procedimiento, se podrá requerir la aportación de los documentos originales justificativos de las circunstancias alegadas. Una vez cumplimentada la solicitud, el interesado deberá imprimir y guardar el resguardo justificativo. No se concederá beca a los alumnos repetidores.

    Les recordamos que a aquellos alumnos que incurran en alguna de las siguientes circunstancias, Consellería les reclamará la devolución de la ayuda previamente concedida.

  1. Haber causado baja en el centro antes del final de curso 2016-17.
  2. No haber asistido a un 80% o más de las horas lectivas.
  3. No haber superado el 50% de las asignaturas, créditos u horas matriculadas, en convocatoria ordinaria ni extraordinaria.